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La tabla del artículo 241 y por qué no es la misma del 383

El impuesto de renta anual de una persona natural residente se liquida con la tabla progresiva del artículo 241 del Estatuto Tributario, que se aplica sobre la renta líquida gravable expresada en UVT. No es la misma tabla del artículo 383: esa es MENSUAL y sirve para retener en la fuente sobre pagos laborales. Comparten las tarifas marginales, así que aplicar la mensual a un ingreso anual produce un resultado plausible y varias veces mayor que el correcto.

Actualizada el 29 de agosto de 2026 Norma: E.T. art. 241 · E.T. art. 383 · E.T. art. 331

El impuesto de renta de una persona natural residente no se calcula con un porcentaje. Se calcula con una tabla progresiva por tramos, y ese diseño produce dos malentendidos muy extendidos: que ganar un poco más puede dejar a alguien con menos dinero, y que el porcentaje del último tramo se aplica a todo el ingreso.

Ninguna de las dos cosas es cierta, y entender por qué es lo que permite leer bien una liquidación.

Hay además una confusión de otro tipo, más costosa y menos conocida: el Estatuto Tributario tiene DOS tablas con las mismas tarifas marginales. Una es anual y sirve para liquidar el impuesto; la otra es mensual y sirve para retener. Confundirlas multiplica el resultado.

Normas que desarrolla esta guía

  • E.T. art. 241
  • E.T. art. 383
  • E.T. art. 331

La tabla del artículo 241 y a quién se le aplica

El artículo 241 del Estatuto Tributario, en la versión que le dio la Ley 2010 de 2019, establece que el impuesto sobre la renta de las personas naturales residentes en el país, de las sucesiones de causantes residentes y de los bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones o asignaciones modales se determina de acuerdo con una tabla.

Esa tabla está escrita en UVT, no en pesos, siguiendo el mecanismo del artículo 868: los rangos se expresan en unidades y su equivalente en pesos cambia cada enero sin que haya que reformar la ley.

Se aplica sobre la renta líquida gravable, que es el resultado de la depuración cedular del artículo 331: la suma de la renta líquida de la cédula general y la de pensiones.

No se aplica a los dividendos, que tienen tarifa propia en el artículo 242, ni a las ganancias ocasionales, que se liquidan aparte con las tarifas de los artículos 314 y 317.

Fundamento: E.T. art. 241

Qué significa que la tarifa sea marginal

La tabla funciona por tramos, y cada tramo grava únicamente la porción del ingreso que cae dentro de él. A eso se le llama tarifa marginal.

La consecuencia más importante es la que desmiente la creencia más extendida sobre este impuesto: ganar un peso más NUNCA puede dejar a alguien con menos dinero neto. Cuando la renta gravable cruza al siguiente tramo, la tarifa más alta se aplica solo al exceso, no a todo el ingreso.

Por eso la tabla no se lee tomando el porcentaje de la fila donde uno cae y multiplicándolo por el ingreso entero. Se lee restando el piso del rango, aplicando el porcentaje a esa diferencia y sumando lo acumulado de los tramos anteriores, que es la cifra que la propia tabla trae en la columna correspondiente.

Esa columna de acumulado existe precisamente para no tener que recalcular tramo por tramo cada vez, y su presencia en la tabla es la prueba de que el sistema es marginal y no de salto.

Fundamento: E.T. art. 241

La tabla del 383 no es esta, y confundirlas es caro

El artículo 383 del Estatuto Tributario contiene otra tabla progresiva, con la misma estructura y las mismas tarifas marginales que la del 241. La diferencia está en el periodo: la del 383 es MENSUAL y sirve para calcular la retención en la fuente sobre pagos laborales; la del 241 es ANUAL y sirve para liquidar el impuesto del año.

Como comparten las tarifas, aplicar la mensual a un ingreso anual no produce un error evidente. Produce un número plausible, del mismo orden de magnitud que otros valores de la declaración, pero varias veces mayor que el correcto.

La razón aritmética es directa: los rangos de la tabla mensual están dimensionados para un ingreso de un mes. Un ingreso anual entra en ellos por la parte alta y recibe la tarifa marginal máxima sobre casi todo su valor, cuando en la tabla anual ese mismo ingreso podría caer en un tramo bajo o incluso en el tramo exento.

El caso extremo se da en ingresos anuales modestos: una persona que en la tabla del 241 no paga impuesto alguno puede aparecer, si se le aplica la tabla mensual, con un impuesto de varios millones.

Fundamento: E.T. art. 383 · E.T. art. 241

De la renta líquida gravable a la tabla

La tabla se aplica al final, y lo que llega a ella ya pasó por toda la depuración.

Del ingreso bruto se restan primero los ingresos no constitutivos de renta. Sobre ese neto se aplican las rentas exentas y las deducciones, con el límite conjunto del 40 % y el tope en UVT del artículo 336, más los conceptos que la norma deja fuera de ese límite. El resultado es la renta líquida cedular.

El artículo 331 suma la renta líquida de la cédula general y la de pensiones, y esa suma es la renta líquida gravable a la que se aplica la tabla del 241.

De ahí que dos personas con el mismo salario bruto puedan pagar impuestos muy distintos: no es la tabla la que cambia, es lo que llega a ella. Toda la planeación tributaria de una persona natural ocurre antes de este paso.

Fundamento: E.T. art. 331 · E.T. art. 336

Lo que se resta después de la tabla

El resultado de aplicar la tabla no es todavía lo que se paga. Después vienen tres cosas que operan sobre el impuesto ya liquidado, no sobre la base.

Los DESCUENTOS tributarios de los artículos 254 y siguientes se restan del impuesto: el descuento por impuestos pagados en el exterior, el de donaciones y los demás que la ley enumera. El artículo 259 les pone un límite global.

Las RETENCIONES practicadas durante el año se restan igualmente, porque son un anticipo ya pagado. Si superan el impuesto, la diferencia es saldo a favor.

Y el ANTICIPO del año siguiente del artículo 807 se suma, no se resta: es la parte de la liquidación que sorprende a quien declara por primera vez, porque aparece al final y aumenta el valor a pagar.

Confundir un descuento con una deducción es de los errores más frecuentes al leer una liquidación: una deducción resta de la base y su efecto depende de la tarifa marginal; un descuento resta del impuesto peso a peso.

Fundamento: E.T. art. 254 · E.T. art. 259 · E.T. art. 807

Preguntas frecuentes

¿Con qué tabla se liquida el impuesto de renta de una persona natural?
Con la tabla progresiva del artículo 241 del Estatuto Tributario, que se aplica sobre la renta líquida gravable determinada conforme al artículo 331. Está expresada en UVT y cubre a las personas naturales residentes, a las sucesiones de causantes residentes y a los bienes destinados a fines especiales por donaciones o asignaciones modales.
¿Si subo de rango pago más impuesto sobre todo mi ingreso?
No. La tarifa del artículo 241 es marginal: cada tramo grava únicamente la porción del ingreso que cae dentro de él. Cuando la renta gravable cruza al siguiente rango, la tarifa mayor se aplica solo al exceso. Por eso ganar un peso más nunca puede dejar a alguien con menos dinero neto, que es la creencia más extendida y más falsa sobre este impuesto.
¿Puedo usar la tabla del artículo 383 para calcular mi impuesto anual?
No, y hacerlo es un error costoso. La tabla del artículo 383 del Estatuto Tributario es MENSUAL y sirve para calcular la retención en la fuente sobre pagos laborales; la del artículo 241 es ANUAL. Comparten las tarifas marginales, así que aplicar la mensual a un ingreso anual produce un resultado plausible y varias veces superior al correcto, porque los rangos están dimensionados para el ingreso de un mes.
¿Los dividendos y las ganancias ocasionales usan esta tabla?
No. Los dividendos tienen tarifa propia en el artículo 242 del Estatuto Tributario y las ganancias ocasionales se liquidan aparte con las tarifas de los artículos 314 y 317. Solo la renta líquida gravable que resulta de sumar la cédula general y la de pensiones, conforme al artículo 331, pasa por la tabla del artículo 241.
¿Por qué la tabla está en UVT y no en pesos?
Por el mecanismo del artículo 868 del Estatuto Tributario, que crea la Unidad de Valor Tributario como medida de los valores de las disposiciones tributarias y ordena reajustarla cada año. Escribir los rangos en UVT permite que los umbrales se actualicen con la inflación sin necesidad de reformar la ley cada vez, que es lo que ocurría cuando estaban escritos en pesos.
¿Qué diferencia hay entre una deducción y un descuento tributario?
Una deducción resta de la BASE gravable, antes de aplicar la tabla, de modo que su efecto real depende de la tarifa marginal del contribuyente. Un descuento tributario, de los artículos 254 y siguientes del Estatuto Tributario, resta del IMPUESTO ya liquidado, peso a peso. A igual valor nominal, un descuento vale siempre más que una deducción.

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Esta guía explica la norma vigente a la fecha de actualización y no sustituye al texto oficial ni constituye asesoría tributaria. El Estatuto Tributario se modifica en cada reforma, así que aplicarlo exige verificar qué versión regía para el año gravable de que se trate.

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