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Cómo se depura la base antes de aplicar la tabla de retención

El artículo 388 del Estatuto Tributario fija la depuración de la base de retención de las rentas de trabajo: se restan los ingresos no constitutivos de renta, las deducciones del artículo 387 y las rentas exentas, con el límite de que estas dos últimas no pueden exceder el 40 % del ingreso neto. Es el mismo límite conceptual del artículo 336 aplicado mensualmente, y por eso la retención del año debería parecerse al impuesto anual.

Actualizada el 29 de agosto de 2026 Norma: E.T. art. 388 · E.T. art. 387 · E.T. art. 206

Antes de aplicar cualquier tabla de retención hay que construir la base, y esa construcción está reglada paso a paso en el artículo 388 del Estatuto Tributario.

El orden importa porque cada paso se calcula sobre el resultado del anterior, exactamente igual que en la depuración anual del artículo 336.

Esa simetría es deliberada: si la retención mensual replica la depuración anual, la suma de lo retenido durante el año debería parecerse al impuesto que resulte al declarar.

Y el artículo contiene una excepción expresa que se cita poco: el límite del 40 % no aplica a los pagos de pensiones, a las indemnizaciones sustitutivas ni a las devoluciones de ahorro pensional.

Normas que desarrolla esta guía

  • E.T. art. 388
  • E.T. art. 387
  • E.T. art. 206
  • E.T. art. 336

Los dos numerales del artículo 388

El artículo 388 del Estatuto Tributario establece que para obtener la base de retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta por rentas de trabajo se podrán detraer dos conjuntos de conceptos.

El numeral 1: los ingresos que la ley de manera taxativa prevé como no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.

El numeral 2: las deducciones a que se refiere el artículo 387 y las rentas que la ley de manera taxativa prevé como exentas.

Y añade el límite: en todo caso, la suma total de deducciones y rentas exentas no podrá superar el cuarenta por ciento del resultado de restar del monto del pago o abono en cuenta los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional imputables.

La palabra «taxativa» aparece dos veces y no es casual: ni los ingresos no constitutivos ni las rentas exentas se pueden ampliar por analogía. Lo que no está enumerado en la ley, no entra.

Y el límite se calcula sobre el resultado del numeral 1, no sobre el pago bruto. Es el mismo diseño del artículo 336.

Fundamento: E.T. art. 388

La excepción de las pensiones

El propio artículo 388 excluye expresamente de la limitación del 40 % el pago de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales, las indemnizaciones sustitutivas de las pensiones y las devoluciones de ahorro pensional.

Es coherente con la arquitectura cedular. Las pensiones no están en la cédula general —tienen cédula propia por el artículo 330— y el límite del artículo 336 opera sobre la cédula general. No tendría sentido aplicarles en la retención un tope que no les aplica en la declaración.

En la práctica esto significa que la entidad pagadora de una pensión retiene únicamente sobre la parte de la mesada que excede el tope del numeral 5 del artículo 206, sin someter esa exención al 40 %.

La mención de las indemnizaciones sustitutivas y las devoluciones de saldos importa porque son pagos que reciben quienes no alcanzaron a pensionarse, y comparten el tratamiento en cuanto a la no aplicación del límite.

Conviene sin embargo leerlo junto al parágrafo 3 del artículo 206, que condiciona la exención del numeral 5 a cumplir los requisitos para acceder a la pensión conforme a la Ley 100 de 1993.

Fundamento: E.T. art. 388 · E.T. art. 206

Qué entra en cada conjunto

En el numeral 1, los INGRESOS NO CONSTITUTIVOS: principalmente los aportes obligatorios a salud del artículo 56 y a pensión del artículo 55. Se restan antes y quedan fuera del límite.

En el numeral 2, dos familias de conceptos que comparten tope.

Las DEDUCCIONES del artículo 387: los intereses o corrección monetaria por préstamos de adquisición de vivienda; los pagos por salud —medicina prepagada vigilada por la Superintendencia Nacional de Salud y seguros de salud de compañías vigiladas por la Superintendencia Financiera— hasta 16 UVT mensuales; y la deducción por dependientes de hasta el 10 % de los ingresos brutos laborales del mes, con tope de 32 UVT mensuales.

Las RENTAS EXENTAS del artículo 206, principalmente el 25 % del numeral 10, limitado anualmente a 790 UVT, y calculado —según el propio numeral— después de restar los no constitutivos, las deducciones y las demás rentas exentas.

Ese orden interno dentro del numeral 2 es el que más se invierte: el 25 % va al final, no al principio.

Fundamento: E.T. art. 55 · E.T. art. 56 · E.T. art. 387 · E.T. art. 206

Por qué el empleador necesita los certificados

Un empleador no puede aplicar deducciones que no le han acreditado, y la razón no es burocrática.

El artículo 370 del Estatuto Tributario hace responder al agente de retención por la suma que dejó de retener. Si aplica una deducción sin soporte y esa deducción no procedía, responde él.

Por eso el artículo 387 remite a las condiciones de control que señale el Gobierno para los pagos de salud, y por eso las deducciones se aplican contra certificado.

El trabajador que no entrega los soportes no pierde el derecho: lo toma en su declaración anual. Lo que pierde es el flujo de caja, porque pagó más retención durante doce meses y recupera la diferencia como saldo a favor meses después.

La recomendación práctica es entregar los certificados al inicio del año o en el momento en que se generan: el certificado del crédito de vivienda, el de la medicina prepagada, la acreditación de dependientes según la categoría del parágrafo 2 del artículo 387.

Y revisar en el desprendible que efectivamente se estén aplicando, porque un certificado entregado y no cargado produce el mismo resultado que no haberlo entregado.

Fundamento: E.T. art. 387 · E.T. art. 370

Los topes mensuales y anuales no son equivalentes

Hay una asimetría estructural entre la retención y la declaración que explica por qué nunca coinciden exactamente.

Las deducciones del artículo 387 operan con topes MENSUALES: 16 UVT para salud, 32 UVT para dependientes.

Los límites del artículo 336 operan con topes ANUALES: 40 % del ingreso neto y 1.340 UVT.

Doce veces un tope mensual no equivale necesariamente al tope anual, y menos cuando el ingreso varía a lo largo del año.

A eso se suma que la deducción fija de 72 UVT por dependiente del numeral 3 del artículo 336 opera en la declaración anual y va, además, FUERA del límite del 40 %, mientras que en la retención mensual opera la deducción porcentual del artículo 387, que sí está dentro.

La consecuencia es que una diferencia moderada entre la suma de lo retenido y el impuesto anual es normal y esperable.

Lo que merece revisión es una diferencia grande, y sus causas habituales son otras: certificados no entregados, varios pagadores, o una depuración mal hecha durante el año.

Fundamento: E.T. art. 387 · E.T. art. 336

Preguntas frecuentes

¿Qué se resta antes de calcular la retención de un salario?
Por el artículo 388 del Estatuto Tributario, primero los ingresos que la ley prevé taxativamente como no constitutivos de renta ni ganancia ocasional —entre ellos los aportes obligatorios a salud y pensión de los artículos 55 y 56—, y después las deducciones del artículo 387 y las rentas exentas, con el límite del 40 % del resultado anterior.
¿Sobre qué valor se calcula el límite del 40 % en la retención?
Sobre el resultado de restar del pago o abono en cuenta los ingresos no constitutivos de renta imputables, según el artículo 388 del Estatuto Tributario. No sobre el pago bruto. Es el mismo diseño de la depuración anual del artículo 336, aplicado mes a mes.
¿El límite del 40 % aplica a las pensiones?
No. El artículo 388 del Estatuto Tributario excluye expresamente de esa limitación el pago de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales, las indemnizaciones sustitutivas y las devoluciones de ahorro pensional. Es coherente con que las pensiones tengan cédula propia por el artículo 330 y no estén sometidas al límite del artículo 336.
¿Por qué mi empleador no aplica mis deducciones?
Porque necesita los certificados. El artículo 370 del Estatuto Tributario hace responder al agente de retención por la suma que deja de retener, de modo que aplicar una deducción sin soporte lo expone. El trabajador que no los entrega no pierde el derecho —lo toma en su declaración anual— pero paga más retención durante todo el año y recupera la diferencia meses después.
¿Por qué la suma de mis retenciones no da igual que mi impuesto?
Por una asimetría estructural: las deducciones del artículo 387 del Estatuto Tributario operan con topes MENSUALES —16 UVT para salud, 32 UVT para dependientes— mientras que los límites del artículo 336 son ANUALES. Además, la deducción fija de 72 UVT por dependiente opera solo en la declaración y va fuera del límite del 40 %. Una diferencia moderada es normal.
¿Se pueden restar conceptos parecidos a los que menciona la norma?
No. El artículo 388 del Estatuto Tributario usa dos veces la palabra «taxativa»: se restan los ingresos que la ley prevé taxativamente como no constitutivos y las rentas que prevé taxativamente como exentas. Ni unos ni otras se amplían por analogía, y lo que no está enumerado en la ley no entra en la depuración.

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Esta guía explica la norma vigente a la fecha de actualización y no sustituye al texto oficial ni constituye asesoría tributaria. El Estatuto Tributario se modifica en cada reforma, así que aplicarlo exige verificar qué versión regía para el año gravable de que se trate.

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