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Deducción de intereses del crédito de vivienda en la declaración de renta

Los intereses pagados sobre un préstamo para adquisición de vivienda del contribuyente son deducibles aunque no guarden relación de causalidad con la producción de la renta, según el artículo 119 del Estatuto Tributario, con un límite anual expresado en UVT. Esa deducción se puede tomar mes a mes en la retención en la fuente por el artículo 387, y en la declaración anual queda sometida al límite conjunto del 40 % del artículo 336 junto con las demás deducciones y rentas exentas.

Actualizada el 29 de agosto de 2026 Norma: E.T. art. 119 · E.T. art. 387 · E.T. art. 336

Quien paga un crédito hipotecario descubre tarde o temprano que los intereses de ese crédito se pueden restar en la declaración de renta. Lo que casi nunca queda claro es cuánto, en qué momento del año y por qué la cifra que aparece en el certificado del banco no es la que termina bajando el impuesto.

La respuesta no está en un artículo, está en tres. El artículo 119 del Estatuto Tributario crea la deducción y le pone un tope propio. El artículo 387 permite tomarla mes a mes en la retención en la fuente, en lugar de esperar a la declaración anual. Y el artículo 336 la mete, junto con todas las demás deducciones y rentas exentas, bajo un límite conjunto que es el que en la práctica decide cuánto se aprovecha de verdad.

Leer solo el 119 lleva a una conclusión equivocada en la mayoría de los casos.

Normas que desarrolla esta guía

  • E.T. art. 119
  • E.T. art. 387
  • E.T. art. 336
  • E.T. art. 868

Qué permite deducir el artículo 119

El artículo 119 del Estatuto Tributario abre con una frase que conviene leer despacio: los intereses de los préstamos para adquisición de vivienda son deducibles «aunque no guarden relación de causalidad con la producción de la renta».

Esa aclaración no es retórica. La regla general del artículo 107 exige que un gasto tenga relación de causalidad con la actividad productora de renta para poder restarse, y los intereses de la casa donde alguien vive no la tienen: la vivienda no produce el ingreso. El artículo 119 es una excepción expresa a esa regla, creada por decisión de política pública para favorecer la compra de vivienda.

La norma pone dos condiciones. La primera es el destino: el préstamo tiene que ser para adquisición de vivienda del contribuyente. La segunda aplica cuando el acreedor no está sometido a la vigilancia del Estado, y en ese caso exige que el préstamo esté garantizado con hipoteca.

El mismo artículo añadió después una deducción distinta que suele confundirse con esta: los intereses de los préstamos educativos del ICETEX para la educación superior del contribuyente, con su propio tope anual en UVT, más bajo que el de vivienda.

Fundamento: E.T. art. 119

El límite en UPAC que ya no existe, y el que sí se aplica

Aquí está el punto donde la mayoría de las fuentes se equivoca, y conviene explicarlo porque el error viene del propio texto de la ley.

El inciso segundo del artículo 119 expresa el límite de la deducción en unidades de poder adquisitivo constante: habla de las primeras 4.553 UPAC del préstamo y de un tope anual de 1.000 UPAC. Quien lea el artículo hoy en cualquier compilación encontrará ese texto tal cual, porque nunca se derogó formalmente.

Pero el sistema UPAC dejó de existir. La Corte Constitucional lo declaró inexequible en la Sentencia C-700 de 1999, y con él desapareció la unidad en que estaba escrito el límite. Un tope expresado en una unidad que ya no se calcula no se puede aplicar literalmente.

Lo que rige en la práctica es la conversión de ese tope anual a UVT, la unidad en la que hoy se expresan los valores del Estatuto por mandato del artículo 868. El propio texto compilado lo señala entre paréntesis. La consecuencia práctica es que la deducción tiene un techo anual concreto, y que los intereses pagados por encima de ese techo simplemente no bajan el impuesto.

Por eso el certificado del banco casi nunca coincide con lo que termina restándose: el certificado dice lo que se pagó, no lo que la ley permite deducir.

Fundamento: E.T. art. 119 · Sentencia C-700 de 1999

Mes a mes o una vez al año: el artículo 387

Un asalariado no tiene que esperar a la declaración anual para aprovechar la deducción. El artículo 387 del Estatuto Tributario dispone que, en el caso de trabajadores con derecho a la deducción por intereses o corrección monetaria en virtud de préstamos para adquisición de vivienda, la base de retención se disminuye proporcionalmente.

Eso significa que el trabajador puede entregarle a su empleador el certificado del crédito y ver cómo baja la retención de cada mes, en lugar de pagar de más durante todo el año y recuperarlo al declarar. La diferencia no es de impuesto sino de flujo de caja, y en un salario medio es dinero disponible cada mes.

El mismo artículo 387 regula otras dos deducciones que operan igual en la retención: los pagos por salud —medicina prepagada y seguros de salud vigilados— con su tope mensual en UVT, y la deducción por dependientes, de hasta el 10 % de los ingresos brutos laborales del mes con su propio tope mensual en UVT.

Y el artículo cierra con una precisión que ahorra confusiones: las deducciones que se toman en la retención se tienen en cuenta también en la declaración ordinaria de renta. No son dos beneficios distintos ni se pierde uno al usar el otro; es el mismo beneficio, anticipado.

Fundamento: E.T. art. 387

El límite del 40 %: por qué la deducción rinde menos de lo que parece

Aquí es donde la cuenta cambia de verdad, y donde se explica por qué dos personas con el mismo crédito se ahorran cantidades distintas.

El artículo 336 del Estatuto Tributario establece que, en la cédula general, la suma de todas las rentas exentas y deducciones no puede exceder el 40 % del ingreso neto, ni un tope absoluto anual expresado en UVT. La palabra decisiva es «suma»: el límite es CONJUNTO.

Eso significa que los intereses de vivienda no compiten contra su propio tope del artículo 119 únicamente, sino también contra el espacio que dejan los demás conceptos. La renta exenta del 25 % de los pagos laborales, los aportes voluntarios a pensión, las cuentas AFC, los dependientes y la medicina prepagada entran todos al mismo saco.

En la práctica, quien ya llegó al techo del 40 % con la renta exenta del 25 % y un par de conceptos más puede descubrir que sumar los intereses de vivienda no le baja el impuesto ni un peso: el beneficio existe, pero el límite ya estaba copado.

Y el techo tiene dos filos. Además del 40 % proporcional está el tope absoluto en UVT, que muerde primero en los ingresos altos: a partir de cierto nivel salarial el límite deja de crecer con el ingreso, así que el porcentaje del salario que se puede proteger va bajando.

Fundamento: E.T. art. 336

Qué hay que poder probar

La deducción se soporta con el certificado que expide la entidad financiera, donde consta el valor de los intereses y de la corrección monetaria pagados en el año gravable. Es el documento que hay que conservar y el que se entrega al empleador cuando se quiere aplicar mes a mes.

Hay tres puntos que suelen fallar al momento de probarla.

El primero es de titularidad: la deducción es de quien paga los intereses y es deudor del crédito. En un crédito con dos deudores, cada uno deduce en la proporción que le corresponde, y no puede uno solo tomar el total.

El segundo es de destino: el crédito tiene que ser para adquisición de vivienda del contribuyente. Un crédito de libre inversión garantizado con hipoteca sobre la casa no cumple esa condición, por mucho que la garantía sea la misma.

El tercero es de oportunidad: se deducen los intereses efectivamente PAGADOS en el año gravable, no los causados. Un mes de cuota atrasada que se paga en enero pertenece al año en que se pagó.

Fundamento: E.T. art. 119 · E.T. art. 387

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puedo deducir por los intereses de mi crédito de vivienda?
El artículo 119 del Estatuto Tributario fija un tope anual para la deducción por intereses de préstamos de adquisición de vivienda, expresado hoy en UVT. Pero el tope del artículo 119 no es el único que opera: en la declaración anual la deducción queda además sometida al límite conjunto del artículo 336, según el cual todas las rentas exentas y deducciones juntas no pueden exceder el 40 % del ingreso neto ni un tope absoluto en UVT. En la práctica manda el que se alcance primero.
¿Por qué el artículo 119 habla de UPAC si ese sistema ya no existe?
Porque el inciso nunca se derogó formalmente, aunque el sistema que lo sostenía desapareció. La Corte Constitucional declaró inexequible el sistema UPAC en la Sentencia C-700 de 1999, y un límite expresado en una unidad que ya no se calcula no se puede aplicar literalmente. Lo que rige es la conversión de ese tope anual a UVT, que es la unidad en la que el artículo 868 del Estatuto Tributario ordena expresar los valores tributarios.
¿Puedo bajar la retención mensual de mi salario con el crédito de vivienda?
Sí. El artículo 387 del Estatuto Tributario permite que la base de retención en la fuente se disminuya proporcionalmente cuando el trabajador tiene derecho a la deducción por intereses de préstamos para adquisición de vivienda. Basta con entregarle al empleador el certificado que expide la entidad financiera. La deducción tomada en la retención se tiene en cuenta igualmente en la declaración anual: es el mismo beneficio anticipado, no uno adicional.
¿Si el crédito está a nombre de dos personas, quién deduce?
Cada deudor deduce la parte de los intereses que efectivamente pagó, en la proporción que le corresponda. La deducción del artículo 119 es de quien paga y es deudor del crédito, de modo que uno solo de los codeudores no puede tomar el total de los intereses del año.
¿Un crédito de libre inversión con garantía hipotecaria da derecho a la deducción?
No. El artículo 119 del Estatuto Tributario condiciona la deducción al destino del préstamo: tiene que ser para adquisición de vivienda del contribuyente. Que la garantía sea una hipoteca sobre el inmueble no basta si el crédito se destinó a otra cosa. La hipoteca solo es un requisito adicional para el caso en que el acreedor no esté sometido a la vigilancia del Estado.
¿También puedo deducir los intereses de un crédito del ICETEX?
Sí, pero es una deducción distinta y con su propio tope. El artículo 119 del Estatuto Tributario incluye los intereses pagados sobre préstamos educativos del ICETEX dirigidos a la educación superior del contribuyente, con un límite anual en UVT bastante menor que el de vivienda. Al igual que la de vivienda, queda sometida al límite conjunto del artículo 336.

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Esta guía explica la norma vigente a la fecha de actualización y no sustituye al texto oficial ni constituye asesoría tributaria. El Estatuto Tributario se modifica en cada reforma, así que aplicarlo exige verificar qué versión regía para el año gravable de que se trate.

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