Decreto 1625 de 2016 (DUR Tributario)
El Decreto Único Reglamentario: todo lo reglamentario en materia tributaria vive aquí, compilado. Los decretos posteriores no lo reemplazan, lo modifican.
- Parte 2 del Libro 1: lo que aplica a personas naturales.
- Artículos 1.2.1.19.x, 1.2.1.20.x y 1.2.1.21.x: depuración cedular.
- Artículos 1.2.4.1.x: retención en la fuente sobre rentas de trabajo.
- Artículos 1.6.1.13.2.x: los plazos para declarar. El 1.6.1.13.2.15 es el de personas naturales.
- Método sostenible: no persigas decretos sueltos. El decreto es el evento; el artículo del DUR es la entidad que hay que seguir.