· 4 min de lectura

Sismo: nuevos plazos de renta para 6 departamentos en 2026

El Gobierno aplazó la declaración de renta de las personas naturales que residen en los municipios afectados por el sismo del 10 de agosto. El nuevo calendario va de octubre a noviembre.

El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1226 del 18 de agosto de 2026, que fija plazos especiales para presentar y pagar la declaración de renta y complementarios del año gravable 2025 de las personas naturales y sucesiones ilíquidas afectadas por el sismo del 10 de agosto.

A quién le aplica

A quienes residen en municipios de seis departamentos: Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Risaralda y Valle del Cauca.

Los territorios cubiertos corresponden a las jurisdicciones de las direcciones seccionales de la DIAN en:

  • Cali, Palmira, Tuluá y Buenaventura, en Valle del Cauca.
  • Pereira, en Risaralda.
  • Armenia, en Quindío.
  • Manizales, en Caldas.
  • Quibdó, en Chocó.
  • Popayán, en Cauca.
Lo que define el beneficio es dónde resides, no dónde trabajas ni dónde está tu cliente. Si tu municipio queda en la jurisdicción de una de esas seccionales, entras en el calendario especial.

Las nuevas fechas

El calendario especial arranca en octubre y se extiende hasta noviembre de 2026. Como en el calendario ordinario, el plazo depende de los dos últimos dígitos del NIT que figura en el RUT:

Últimos dos dígitos del NIT Hasta
01 y 0227 de octubre de 2026
03 y 0428 de octubre de 2026
05 y 0629 de octubre de 2026
07 y 0830 de octubre de 2026

El escalonamiento continúa con los demás dígitos y se extiende hasta el 13 de noviembre de 2026. Para la fecha exacta que te corresponde según tu NIT, revisa el texto del decreto.

El otro alivio: la retención de julio

El decreto también permite presentar y pagar la declaración de retención en la fuente de julio de 2026 dentro de los mismos plazos previstos para la de agosto, es decir un mes después de lo habitual, sin que se generen intereses de mora ni sanciones.

Este alivio en particular no aplica a los grandes contribuyentes, que deben declarar y pagar en las fechas ordinarias.

Qué conviene hacer

  1. Verifica que el municipio donde resides quede en la jurisdicción de una de las seccionales listadas.
  2. Confirma tus dos últimos dígitos del NIT en el RUT y ubica tu fecha en el decreto.
  3. Si ya declaraste dentro del plazo ordinario, no hay nada que hacer: el decreto amplía el plazo, no obliga a esperar.
  4. Guarda el soporte de que resides en la zona, por si más adelante hay que acreditarlo.

Fuentes

Deja de cargar con esto tú solo

Clafio te arma el cobro en un minuto, te dice cuánto te van a descontar y te avisa antes de que te toque declarar. Gratis para empezar.

Nota informativa, no asesoría tributaria. Las fechas y los números citados provienen de las fuentes enlazadas al final; para el texto vigente de cualquier norma, consulta la fuente oficial.