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Liquidador de prestaciones sociales 2025

Las prestaciones sociales de un trabajador en Colombia son cuatro: prima de servicios (30 días de salario al año), cesantías (30 días al año), intereses a las cesantías (12% anual sobre el saldo) y vacaciones (15 días hábiles al año). El auxilio de transporte entra en la base de prima y cesantías, pero no en la de vacaciones.

Gratis · sin registro Parámetros del año 2025 Actualizada el 23 de agosto de 2026

Calcula liquidador de prestaciones sociales

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Salario básico. Si hay salario variable, usa el promedio del periodo liquidado.

El día en que empezó el contrato, o el inicio del periodo que quieres liquidar.

Hasta qué día se liquida. Si el contrato terminó, la fecha de retiro.

Licencias no remuneradas y suspensiones. Las incapacidades y las vacaciones NO van aquí: no interrumpen la causación.

No guardamos ninguna cifra. El resultado queda en la dirección, y puedes compartirla.

Qué te devuelve

  • Total de prestaciones
  • Prima de servicios
  • Cesantías
  • Intereses a las cesantías
  • Vacaciones
  • Base y días liquidados de cada una

Qué necesitas a mano

  • Salario
  • Auxilio de transporte
  • Fecha de ingreso
  • Fecha de corte
  • Días no laborados (licencias, suspensiones)

Normativa aplicada

  • CST art. 186
  • CST art. 249
  • CST art. 306
  • Ley 52 de 1975

El auxilio de transporte entra en prima y cesantías pero NO en vacaciones. Mostrarlo explícitamente es lo que convierte la página en referencia.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se liquidan las prestaciones sociales de un trabajador?

Las prestaciones sociales de un trabajador en Colombia son cuatro: prima de servicios (30 días de salario al año), cesantías (30 días al año), intereses a las cesantías (12% anual sobre el saldo) y vacaciones (15 días hábiles al año). El auxilio de transporte entra en la base de prima y cesantías, pero no en la de vacaciones.

¿Con qué año se hace el cálculo?

Con los parámetros del año 2025. Puedes cambiar el año en el selector de la calculadora, y la dirección resultante seguirá funcionando en años posteriores: cada año gravable conserva sus propias cifras.

¿En qué norma se basa este cálculo?

En CST art. 186, CST art. 249, CST art. 306, Ley 52 de 1975. Cada paso de la depuración muestra al lado el artículo que lo sostiene, para que el resultado se pueda auditar sin salir de la página.

¿Esta herramienta guarda mis datos?

No. El cálculo se hace en el servidor con los valores que escribes, se dibuja el resultado y no se guarda nada: no hay cuenta, no se pide correo y no se registra ninguna cifra. El resultado vive únicamente en la dirección de tu navegador, que puedes compartir o descartar.

¿Necesitas ayuda?